- Sociedad Unipersonal de Responsabilidad Limitada
Este tipo de sociedad unipersonal está constituida por un socio único, de una persona física o jurídica, que es el titular en la totalidad del capital social. Solo puede haber uno en cada nombre y no hay un capital mínimo, solo con un Capital Social de 1€.
Por otro lado, es obligatorio que el nombre debe estar formado por la expresión «sociedad unipersonal» o por la palabra «unipersonal», antes de «Limitada» o «Lda.». Por lo tanto, la rentabilidad está limitada al Capital Social aportado.
- Sociedad de Responsabilidad Limitada
Se trata del símil de la Sociedad Limitada en España. Presenta las siguientes características: